UN “POR” y UN “DE” MARCAN LA DIFERENCIA EN MATERIA CONSTITUCIONAL

    • Aspectos solo de semántica o de forma; por lo que se creería que es lo mismo decir “Acción POR Incumplimiento” y “Acción DE Incumplimiento ”; pero en realidad son dos acciones que, si bien están en la esfera constitucional, son diferentes y de naturaleza distinta, aunque para resolver las dos acciones es competente la Corte Constitucional del Ecuador.

Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *